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abril  28, 2024

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Solve et repete: la vigencia de su aplicación a las multas administrativas no tributarias
—Primera parte—

Por Carina Girardi


"El famoso latinismo “solve et repete”, traducido como“solvente y repita” o "pague y recupere" hace referencia al instituto aplicado en principio, respecto a las obligaciones tributarias impugnadas por el contribuyente, como así también respecto a las multas, pero no sólo a las multas tributarias, sino también a las sanciones pecuniarias impuestas por el Estado con fundamento en su poder de policía (multas administrativas).

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Términos mencionados en esta doctrina: multas, respecto, tributarias, contribuyente.

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